El Tribunal Supremo pone freno a las tarjetas «revolving»: la falta de transparencia es causa de nulidad
Un nuevo fallo del Alto Tribunal protege a los consumidores, estableciendo criterios claros para declarar abusivos los contratos de estas tarjetas, incluso si los intereses no son usurarios.
Las tarjetas «revolving», conocidas por su flexibilidad de pago pero también por sus elevados intereses y el riesgo de endeudamiento a largo plazo, han estado en el punto de mira de la justicia durante años. Ahora, el Tribunal Supremo español ha dado un paso crucial para proteger a los consumidores, estableciendo una doctrina clara sobre cuándo estos contratos pueden ser declarados nulos por falta de transparencia, independientemente de si los intereses se consideran o no usurarios según la legislación previa.
En una reciente sentencia, el Alto Tribunal ha fijado los criterios que las entidades financieras deben cumplir para asegurar que los usuarios comprenden completamente las implicaciones de contratar una tarjeta revolving. La sentencia subraya que la información precontractual es fundamental. El consumidor debe recibir, antes de firmar el contrato, una explicación detallada y comprensible del funcionamiento del sistema revolving, incluyendo:
- Cómo se calculan los intereses y las cuotas.
- Los riesgos asociados al endeudamiento a largo plazo y a los intereses compuestos.
- Simulaciones de diferentes escenarios de pago, que muestren cómo evolucionaría la deuda en distintas situaciones.
El Supremo también advierte contra la letra pequeña y los términos legales complejos. El contrato debe ser redactado de forma clara y concisa, utilizando un lenguaje que el consumidor medio pueda entender sin dificultad. La entidad debe, además, proporcionar ejemplos concretos que ilustren el impacto de los intereses y cómo se amortiza la deuda.
La publicidad engañosa también es motivo de preocupación para el Tribunal. La promoción de estas tarjetas no debe minimizar los riesgos ni centrarse únicamente en las ventajas, como la facilidad de acceso al crédito.
Si bien la sentencia se centra principalmente en la transparencia, el Tribunal Supremo reitera su jurisprudencia previa sobre la usura, recordando que un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado también puede llevar a la nulidad del contrato.
¿Qué significa esto para los consumidores?
Este fallo del Tribunal Supremo representa un importante avance en la protección de los derechos de los consumidores. Si un usuario considera que su contrato de tarjeta revolving no cumple con los criterios de transparencia establecidos, puede reclamar su nulidad ante los tribunales. Esto podría significar la devolución de las cantidades pagadas en concepto de intereses que superen el capital prestado.
En definitiva, la sentencia obliga a las entidades financieras a ser más transparentes y a informar de forma clara y completa sobre las condiciones de las tarjetas revolving, empoderando a los consumidores para que tomen decisiones informadas y evitando situaciones de endeudamiento abusivo. Es un recordatorio de que la facilidad de acceso al crédito no debe ir en detrimento de la comprensión y la protección del consumidor.